Control Urbano

El Municipio lleva adelante operativos para regular la venta de pirotecnia

La Dirección de Control Urbano, en conjunto con la dirección de Defensa Civil y Policía Local, informó que se están llevando a cabo controles de comercios en relación a la venta de pirotecnia.

Los operativos consisten en constatar habilitación del comercio, decomisar la pirotecnia en ventas callejeras y aquella que no posee el sello de fabricación militar.

En este sentido, se recuerda a la comunidad, que se encuentra vigente la Ordenanza 2582/2004, normativa que regula la prohibición de la venta, depósito y/o exhibición en la vía pública como así también la venta ambulante o callejera de dichos productos.

Los comercios que no cuenten con la habilitación municipal correspondiente para esta actividad, deberán cumplimentar los requisitos establecidos como son la localización tramitada en la Dirección de Planeamiento Municipal (Av. Montevideo y 8, primer piso); asesoría técnica antisiniestral de Bomberos de Policía de la provincia de Buenos Aires y los demás requisitos para la habilitación de cualquier tipo de comercio.

Dichos locales, deberán contar con extinguidores de incendio de tipo ABC, extinguidores de agua pura destilada de 10 litros de capacidad y carteles exhibidores de prohibido fumar. También, de utilizar artefactos que produzcan fuego, números telefónicos de Bomberos de Berisso y copia de la Ordenanza 2582. Por último estos lugares no podrán contar con gas envasado y/o productos inflamables.

Cumplidos dichos requisitos y obtenida la correspondiente habilitación serán sometidos a controles de facturación y seguimiento por parte del Departamento de Fiscalización Municipal.

En cuanto a los productos a comercializar deberán ajustarse a los siguientes puntos:

Deben tener un rótulo que indique el número de la dirección general de Fabricaciones Militares, de fabricante o importador. La clasificación del producto en relación a la edad del comprador, instrucciones de uso y recomendaciones de seguridad. Además, los envases deben ser originales, con mechas no expuestas, artículos completamente armados, los muestrarios y /o exhibidores deben ser sin carga.

Es importante tener en cuenta que el límite máximo de existencia en empresas mayoristas es de 300 kg brutos de pirotecnia de venta libre, mientras que en comercios minoristas el límite es de 70 kg brutos.

Por último, pero no menos importante, queda terminantemente prohibida la venta de dichos productos a menores de 16 años.

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