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El juez de faltas instó a denunciar eventuales irregularidades en el playón de 60 y 128

La inquietud vecinal llegó a los fueros judiciales.
La inquietud vecinal llegó a los fueros judiciales.

BERISSO, Septiembre 25 (www.BerissoCiudad.com.ar) En las últimas semanas, se han dado varios reclamos de vecinos de nuestra ciudad sobre un playón de estacionamiento de camiones de combustible en la Avenida 60 entre  127 y 128, predio donde también funciona un taller. En la última semana fue clausurado por el área de Control Urbano de la Municipalidad pero continúa con su actividad comercial.

Al respecto, BerissoCiudad consultó al juez de faltas de nuestra ciudad, Jorge Troncoso, quien explicó que “con fecha 13 de septiembre de este año, personal de Control Urbano labró un acta de constatación a través de la cual se da cuenta que este emprendimiento carecería de la habilitación necesaria para realizar la actividad de referencia”.

“Lo que consta en el expediente es esto, más allá de eventuales denuncias públicas, en ese contexto la autoridad de constatación toma una medida cautelar que es la clausura, al día siguiente (14 de septiembre) el Juzgado a mi cargo confirma esa medida en relación al depósito y playón de estacionamiento y taller de reparación de camiones de combustibles ubicado en la Avenida 60 entre 127 y 128”, detalló.

En tanto, sostuvo que en la ocasión se dejó en claro “que la violación o el incumplimiento de la decisión emanada de las autoridades comunales pueden ameritar una denuncia penal, en este caso seríamos nosotros por eventual delito de desobediencia”.

“Con fecha de 17 de septiembre, Control Urbano es notificado de nuestra confirmación de la clausura, a los efectos de que notifique formalmente a la empresa de esta resolución; es decir que se ha confirmado la clausura oportunamente dispuesta”, añadió Troncoso.

Así las cosas, indicó que “a partir de esa fecha, la empresa ejercerá su legítimo derecho de defensa en juicio y cualquier modificación de hecho que se pueda producir en estos días deberá ser constatada por la Dirección de Control Urbano, o eventualmente si algún vecino advierte un incumplimiento hacerlo saber tanto a Control Urbano como a este Juzgado”.

Consultado sobre la situación en la que se encuentra hoy por hoy la empresa, mencionó que “la ley indica que a partir del momento de la notificación tienen 10 días las autoridades de la empresa, y en ese plazo tiene la oportunidad de efectuar su descargo o munirse de las pruebas que tiene y en función de eso, la prueba que es conducente se producirá y de todo esto se saca una sentencia que como cualquier otra podrá ser apelada ante la Justicia correccional dependiente del Departamento Judicial de la Plata”.

Finalmente, aclaró que no adelantó absolutamente nada sin perjuicio de la medida cautelar que es la clausura, porque el fiel conocimiento del estado de la causa se arriba sí o sí a través de la producción de la prueba y del descargo que produzca la parte interesada. (www.BerissoCiudad.com.ar)

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