Opinión

En defensa de la libertad de expresión

Por José Emilio ‘Lito’ Kalis (*), especial para BerissoCiudad.
Por José Emilio ‘Lito’ Kalis (*), especial para BerissoCiudad.

En defensa de la libertad de expresión el concejal Murdolo se solidarizó con Gerardo Tissone frente a la actitud que sufriera en la radio; situación ésta que obviamente provoca también mi rechazo y mi solidaridad con Gerardo.

Pero parece mentira que una persona defienda la libertad de expresión de otro como lo hace el concejal Murdolo al mismo tiempo parece desconocer que el derecho a la libertad de expresión comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones instrumento indispensable para el funcionamiento de la democracia representativa, mediante la cual los ciudadanos ejercen sus derechos.

Y en el Honorable Concejo Deliberante esto no es así. Debiera saber el señor Concejal Murdolo que es a la vez presidente del bloque FpV que Libertad de Expresión, Falta de Información Pública y Libertad de Prensa son tres elementos indivisible (como si fueran las caras de una misma pirámide, unidas e indivisibles). ¡Creo que no debe desconocerlo!. ¿Y por qué digo esto? Porque en el Concejo Deliberante no se brinda, muchas veces, la información requerida ni a los concejales, ni a los vecinos.

Como cualquier vecino interesado por los asuntos de su ciudad he presentado una gran cantidad de expedientes (o notas, como suelen llamarlas) que se hallan algunas en retardo y sin resolución de pronto tratamiento parlamentario correspondiente (por ej. Panimex, casi un año sin sustanciación del expediente), en el HCD de Berisso. Eso también es información pública, libertad de expresión y libertad de prensa. Esto no se condice con el funcionamiento que corresponde al departamento deliberativo berissense.

Todas las personas deben contar con igualdad de oportunidades para recibir, buscar y difundir información por cualquier medio de comunicación sin discriminación, y por ningún motivo.

La libertad de expresión no es una concesión de los Estados, sino un derecho fundamental; siendo la información en poder del Estado un derecho fundamental de los individuos. Los Estados están obligados a garantizar el ejercicio de este derecho.

No debemos de olvidar que la libertad de expresión es un derecho fundamental reconocido en la Declaración Universal de los “Derechos Humanos” (Art. 19),

Para finalizar destaco aquí ideas que los Drs. Jorge Bastons y Analía Elíades (berissense), en la obra “Libertad de expresión y libertad de prensa en la Argentina ” (2007): “que el derecho de acceso a la información pública implica la concreción del derecho a la libertad de expresión”. 

 

(*) Concejal (MC)

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