LA PLATA, Octubre 20 (www.BerissoCiudad.com.ar) Distintas Organizaciones No Gubernamentales de la región han presentado un proyecto normativo ante el Concejo Deliberante de La Plata sobre Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos, denominado “Basura 0”.
La iniciativa fue presentada ante el presidente del Concejo Deliberante en una audiencia que se desarrolló este lunes con representantes de las Organizaciones Nuevo Ambiente, Grupo Sotobosque, Biosfera, la Alianza Global por Alternativas a la incineración (GAIA), la Central de los Trabajadores Argentinos (CTA) Región La Plata y Ensenada quienes han participado en la elaboración del mismo al igual que un grupo de Educadores ambientales independientes.
“Confiamos y estamos convencidos -expresaron los autores - de que los integrantes del Concejo Deliberante abordarán el tema con la madurez necesaria entendiendo a la política medioambiental como una Política de Estado sin distinción partidaria, con el fin de jerarquizar y normalizar el Programa de gestión Integral actual, en la búsqueda de la minimización, reciclado, recuperación y/o compostaje de los mismos”.
“Desde la administración municipal no se puede obviar –continuaron - la limitada y escasa vida útil del actual relleno de la CEAMSE, atento los fallos judiciales de Primera Instancia, Cámara de Apelaciones y Suprema Corte de Justicia Bonaerense en donde establece el Cierre Definitivo del Predio de Punta Lara, como consecuencia de las presentaciones y reclamos realizados por las Organizaciones No Gubernamentales de nuestra Región y ante el actual cuadro de situación, es sumamente necesario e imperioso desde las Gestiones municipales jerarquizar las políticas ambientales en general y particularmente la referida a los RSU mediante una normativa que propenda a la minimización, recuperación, reutilización, reciclado y compostaje de los mismos”.
Entre los artículos salientes del proyecto se pueden enumerar:
A) El Programa de Gestión Integral de RSU, consiste en la separación en origen, minimización, recuperación, reciclado y/o compostaje de los residuos Sólidos Urbanos generados en el Partido de La Plata, debiendo los Residuos ser recolectados en vehículos aptos para tal fin. El Programa debe tener como objetivo la reducción progresiva de la cantidad de RSU que se depositan en los predios de Disposición final. Sin desatender que La Plata como el resto de los municipios deben dejar de enterrar en el Predio de Punta Lara cuanto antes.
B) Departamento Ejecutivo deberá a partir de Octubre/2010 suplantar las bolsas de polietileno utilizadas para la separación de los residuos secos (verdes) por bolsas biodegradables.
En lo referente a las bolsas utilizadas para residuos no habituales por parte de las empresas y/o cooperativas contratadas por el municipio, deberán a partir de diciembre del 2010 utilizar bolsas biodegradables.
C) Se prohíbe la combustión, en cualquiera de sus formas, de residuos sólidos urbanos con o sin recuperación de energía.
D) La Dirección de RSU municipal deberá mplementar un programa educativo-ambiental en el Distrito contemplando viviendas particulares, comercios, escuelas, administración pública y/o privada con el objeto de difundir, concientizar y educar a la población en general sobre el programa de Gestión Integral, basándose en la minimización, selección, reutilización, reciclado y/o compostaje.
E) Se deberá fomentar la participación en la Gestión Integral de manejo de los RSU, a los trabajadores Informales o recuperadores urbanos mediante la formación de cooperativas, las cuales deberán cumplir con los requisitos de la Legislación Nacional y Provincial Vigente en la materia, debiendo poseer como mínimo 2 años de residencia en el Distrito e inscribirse en un Registro que deberá habilitar el área municipal responsable.
F) Quedará prohibido a partir del año 2016, la disposición final y/o confinamiento en rellenos sanitarios de los Residuos Sólidos reciclables y/o recuperables.
G) El Departamento Ejecutivo en un plazo no mayor a los 90 días, contados a partir de la aprobación de Ordenanza, deberá conformar un Consejo Consultivo y de Seguimiento del Programa conformado por 1 representante por cada Organización No Gubernamental (ONG`s), que aborden las problemáticas ambientales y con personería Jurídica Provincial que posean una antigüedad no menor a 2 (dos) años de vigencia, 2 representantes del Departamento Ejecutivo, 2 representantes de la Comisión de Medio Ambiente del Honorable Concejo Deliberante (1 miembro por la mayoría y otro por la minoría).
H) A partir del año 2010 podrá promover bonificaciones en el pago de Tasas de Seguridad e Higiene a los sectores Industriales radicados en el Distrito que demuestren fehacientemente, haber realizado políticas/acciones de reducción en la generación de envoltorios, envases y/o packaging de sus productos, en búsqueda del rediseño de los mismos.
I) No quedarán incluidos en la norma propuesta para su tratamiento los Residuos patológicos y/o patogénicos, Residuos Peligrosos y/o especiales y/o radioactivos contemplados por las normas nacionales y provinciales. (www.BerissoCiudad.com.ar)