OMIC

Prohíben cortar el servicio eléctrico a asociaciones civiles afectadas por la pandemia

Medida judicial.
Medida judicial.

La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) informó que una medida judicial estableció la prohibición a que las empresas prestadoras del servicio eléctrico en la provincia de Buenos Aires limiten, suspendan o corten el servicio por deudas a asociaciones civiles y mutuales protegidas por ley ante el impacto de la pandemia, luego de una presentación de la Defensoría del Pueblo bonaerense y la Dirección que nuclea a estas entidades.

En caso que se registre el corte, las asociaciones de Berisso, deberán comunicarse a la OMIC o a la Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad.

La intervención del organismo que conduce Guido Lorenzino y la Dirección de Asociaciones Civiles y Mutuales, a cargo de Maite Alvado, estuvo relacionada a los reclamos de estas entidades por los incumplimientos de las compañías eléctricas a los beneficios dispuestos por una ley provincial -de autoría del diputado Facundo Tignanelli- para protegerlas de los efectos económicos relacionados a la pandemia.

Puntualmente, las quejas tuvieron que ver con que las distribuidoras no aplicaron la tarifa cero que debían facturar durante el tiempo que se mantuviera la emergencia sanitaria a asociaciones civiles declaradas de interés público provincial, entre las que figuran clubes de barrio, centro de jubilados, centros culturales, sociedades de fomento, jardines comunitarios y organizaciones de comunidades migrantes, entre otras.

Las Asociaciones Civiles de Berisso afectadas por la empresa prestadora del suministro eléctrico, pueden comunicarse con la OMIC al 461-2010 o bien a la Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad, al mail [email protected].

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