Buscando la ordenanza

Paulenko y el proyecto sobre nocturnidad: Se pondrá a disposición para ser evaluado y optimizado

Un debate necesario.
Un debate necesario.

Desde su banca, el concejal del Frente de Todos, Alejandro Paulenko, continúa pujando por el tratamiento de un proyecto de ley que aborda la nocturnidad en todo el territorio de la ciudad de Berisso.

Bajo el hashtag #QueVuelvaLaNocheEnBerisso se insiste en poner en agenda y en discusión lo que hace a la reglamentación de la actividad nocturna, de diversión, entretenimiento y contención.

El proyecto de ordenanza N° 176/19, comprende un "Código de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Nocturnidad de la Ciudad de Berisso" para reglamentar la actividad nocturna de modo de crear un ambiente sustentable y regulatorio tanto para los comercios como para los ciudadanos.

En este marco, el edil asegura que este trabajo se pondrá a disposición el próximo mes en el fin de que sea evaluado, se trabajen en aportes, modificaciones y que efectivamente sea promulgado.

En concreto, se proponen:

---) Que el local cuente con las condiciones de diseño, construcción y equipamiento a cumplir en materia de prevenciones contra incendios ( según la  Ley 19.589 y su decreto reglamentario)

---) Que cuente con elementos constructivos que garanticen la adecuada aislación acústica, según lo especificado en el estudio de impacto sonoro firmado por profesional responsable.

---) Que a través del cuerpo de bomberos  se acredite el  cumplimiento de medidas de seguridad antisiniestral,  constancia de capacidad autorizada de acuerdo al factor ocupacional y un  Plan de evacuación.

---) Colocación de luces de emergencia, con una autonomía  no menor de cuatro horas.

---) Nivel sonoro. Se deberá presentar estudio de impacto sonoro rubricado por un profesional matriculado, conforme a la normativa vigente.

---) Sistema de alimentación de energía especial. Los locales  deberán contar con circuito/s independiente/s de alimentación de energía eléctrica destinado/s para los equipo/s de iluminación, sonido, efectos especiales y otros que se utilizaren durante el desarrollo de la misma.

---) Instalación de telefonía. Los locales deberán contar con instalación de telefonía pública o semipública correctamente señalizada para el uso de los clientes o telefonía móvil a cargo del establecimiento En forma visible figuraran los números de la comisaría más cercana al local donde se desarrolla la actividad; b) Sistema de Emergencias 911; c) Número habilitado por la Municipalidad de la Berisso  para la recepción de denuncias y reclamos; d) Número habilitado para denuncia de Trata de personas.

---) Botiquín de primeros auxilios.

---) Constancia de contratación de servicio de urgencias médicas para los asistentes.

---) Constancia de seguro de responsabilidad civil contra todo riesgo.

---) Certificado de desratización del inmueble utilizado.

---) Certificado de desinfección de tanques de agua, renovable anualmente.

---) El personal que se desempeñe en los locales y que manipulen alimentos deberá obtener su correspondiente libreta sanitaria.

---) Los titulares de los locales deberán tomar a su cargo la limpieza integral de las veredas en correspondencia con su establecimiento.

---) Las discotecas, bares y pubs deberán contar con cámaras de seguridad en el ingreso como así también que el personal de seguridad se encuentre debidamente capacitado y registrado.

---) Crea  la figura del "Conductor Designado",  estimulando a que todo grupo de dos o más personas que pretenda ingresar a un local de diversión nocturna, individualice de entre sus miembros un "Conductor Designado", el cual será identificado mediante un sistema que permita su fácil individualización, no consumirá bebidas que contengan alcohol, y gozará de beneficios tales como ingresar sin cargo, consumir libremente bebidas sin alcohol y similares mecanismos de promoción que disponga el establecimiento en cuestión.

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