Opinión

Discriminación y protagonismo

Por Rosa Ester TULIO Diputada de la Nación (MC)
Por Rosa Ester TULIO Diputada de la Nación (MC)

En nuestro país la Ley General de Elecciones N° 8.871, conocida popularmente como Ley Sáenz Peña, sancionada por el Congreso de la Nación Argentina el 10 de febrero de 1912, establece el voto universal, secreto y obligatorio a través de la confección de un padrón electoral. Esta universalidad sólo incluía los varones, a partir de los 18 años y excluía a las mujeres del padrón electoral sin explicitar razones. De esta manera, la legislación les confirió a los hombres el monopolio de los derechos políticos.

Fue una decisión política que se caracterizó por su excesivo voluntarismo y optimismo. Las élites dirigentes de la Argentina del centenario confiaban en las posibilidades de transformar el orden político con la sola legislación de una ley. A través del voto obligatorio masculino se esperaba combatir la indiferencia por las cuestiones de la vida pública. Desde principio de siglo grupos de feministas habían reclamado sin éxito el    reconocimiento de los derechos políticos para las mujeres. En general, la cultura dominante consideraba una falta de feminidad que una mujer opinara de política.

 

Diferentes estudios en nuestro país hacen referencias a las primeras organizaciones femeninas. Sabemos que su lucha estuvo encaminada a reclamar el derecho al sufragio y derechos civiles y políticos de la mujer durante la primera mitad del siglo XX.

   

La lucha en pos del sufragio femenino era una preocupación y estaba incorporado a los programas de los principales partidos políticos. Este accionar quedó plasmado en los numerosos proyectos que entraron al Congreso entre 1926 y 1946.  Así, durante las presidencias radicales se presentaron numerosos proyectos que aludían al mismo. Ninguno de estos proyectos logró discutirse exitosamente, fueron sistemáticamente rechazados con los más clásicos, variados y falaces argumentos que avalaban la situación de opresión y discriminación femenina.

   

A esa lucha siguieron denodados esfuerzos por erradicar también restricciones que les afectaban en lo civil y educacional logrando en 1926 la reforma del Código Civil que elimina la minoridad de la mujer ante su marido.En Argentina había sido redactado por Dalmacio Vélez Sársfield en 1869 por encargo de Bartolomé Mitre. La Cámara de Diputados aprobó el proyecto el 22 de septiembre de 1869, luego de que fueran rechazadas diferentes propuestas de aplazamiento y objeciones al tratamiento a libro cerrado. La Cámara determinó como fecha de vigencia el 1° de enero de 1871. El proyecto pasó al Senado, donde fue sancionada el 25 de septiembre y luego promulgada por Domingo Faustino Sarmiento el 29 de septiembre de ese año. El proyecto fue sancionado a libro cerrado. Plasmó en su letra la opresión de la mujer y el tradicional rol de menores de edad para muchas de las actividades públicas.

 

Recién en 1926 se dicta la Ley de Derechos Civiles de la Mujer N° 11.357, también reconocida como Ley de Ampliación de la Capacidad Civil de la Mujer, que modifica en forma parcial el régimen de 1869, estableciendo que las mujeres mayores de edad, solteras, divorciadas o viudas tenían plena capacidad civil, excluyendo a las mujeres casadas que continuaron subordinadas al marido. De este modo, la legislación otorgó al hombre el ejercicio de la patria potestad, el derecho a establecer el domicilio familiar, la administración de los bienes de la sociedad conyugal y a elegir el nombre de los hijos, mientras la mujer no podía entrar en juicio, celebrar contratos, comprar, vender o gravar bienes.

    

En la década del ’30 centran su lucha por los derechos políticos. Durante esa década son los socialistas, nuevamente, los que insisten y bregan por el sufragio femenino. Surgen además, nuevas organizaciones que se suman a esta lucha. Los socialistas consideraban que el estado debía garantizar la igualdad política y debía legislar a favor de las libertades individuales de las mujeres. En 1932 se presenta a las cámaras un proyecto para otorgar el voto femenino universal y obligatorio. No obstante que el proyecto alcanzó mayoría en la Cámara de Diputados, en la Cámara de Senadores no logró ser tratado a pesar de la insistencia de diputados y senadores socialistas.

 

Se crea la Asociación Argentina por el Sufragio Femenino fundada por Carmela Horne de Burmeister, cuyas integrantes exigen además el derecho a igual salario por igual trabajo, planes de vivienda obrera, maternidades y guarderías para los hijos de las trabajadoras.

 

La década del 40 nos ofrece un nuevo panorama vinculado con la participación de la mujer y con el ejercicio de la ciudadanía. En la medida que se construye un proyecto, liderado y conducido por Juan Domingo Perón, que recoge los reclamos de los sectores postergados la situación de la mujer comienza a ser tenida en cuenta por el Estado. Desde su puesto en la Secretaría de Trabajo y Previsión, plantea la necesidad de que las mujeres se organizaran como grupo específico. Es así que crea la Dirección de Trabajo y Asistencia a la Mujer, siendo el primer organismo oficial de este tipo en la historia argentina. Se encontraba a cargo de Lucila de Gregorio Lavié y María Tizón, quienes forman la comisión pro sufragio femenino. En esos años de efervescencia política, muchas mujeres se sentían atraídas por ese proyecto político, esto se vio claramente en el apoyo popular en general y en particular de las mujeres, en la movilización de octubre de 1945 por su liberación.

     

Pero recién en 1945 con la aparición en la escena política argentina de María Eva Duarte de Perón, la mujer se incorpora a la más profunda transformación de nuestra historia, gana la calle en pie de igualdad con el hombre, se organiza políticamente posibilitando la plena reivindicación de su derecho. Su participación proselitista y militante en la campaña electoral de 1946 fue una novedad en la historia política argentina.

 

En aquel momento las mujeres carecían de derechos políticos (excepto en San Juan) y las esposas de los candidatos tenían una presencia pública muy restringida y básicamente apolítica. Fue la primera esposa de un candidato presidencial argentino en estar presente durante su campaña electoral y acompañarlo en sus giras, que venía proponiendo  reconocer el derecho al voto de las mujeres; pero en 1945 la Asamblea Nacional de Mujeres presidida por Victoria Ocampo en forma conjunta con otros  sectores se opusieron enérgicamente por considerar que era una maniobra electoral y el proyecto finalmente no logró imponerse.

   

Existe un reconocimiento unánime sobre el hecho de que Evita realizó una tarea decisiva para el reconocimiento de la igualdad de derechos políticos y civiles entre hombres y mujeres. Durante su gira europea precisó con claridad su punto de vista frente a esta cuestión: “Este siglo no pasará a la historia con el nombre de “Siglo de la Desintegración Atómica” sino con otro nombre mucho más significativo: “Siglo del Feminismo Victorioso”.

 

El 27 de febrero de 1946, tres días después de las elecciones, pronunció su primer discurso político en un acto organizado para agradecer a las mujeres su apoyo a la candidatura de Perón. En esa oportunidad exigió la igualdad de derechos para hombres y mujeres y en particular el sufragio femenino: “La mujer argentina ha superado el período de las tutorías civiles. La mujer debe afirmar su acción, la mujer debe votar. La mujer, resorte moral de su hogar, debe ocupar el sitio en el complejo engranaje social del pueblo. Lo pide una necesidad nueva de organizarse en grupos más extendidos y remozados. Lo exige, en suma, la transformación del concepto de mujer, que ha ido aumentando sacrificadamente el número de sus deberes sin pedir el mínimo de sus derechos”.

     

El proyecto de ley fue presentado inmediatamente después de asumido el nuevo gobierno constitucional. Si bien ya en el mensaje de inauguración del Período Ordinario de Sesiones del Congreso Nacional del 26 de Junio de 1946, Perón, se había pronunciado a favor del sufragio femenino, fue la activa participación de su cónyuge lo que favoreció y promovió que el senador nacional representante por Mendoza, Lorenzo Soler, el 19 de Julio de 1946 presentara uno a consideración del Cuerpo. La oposición de los prejuicios conservadores resultaba evidente, no sólo entre los partidos opositores sino incluso dentro de los partidos que sostenían el peronismo.

 

Evita presionó constantemente a los parlamentarios para que lo aprobaran, causando incluso protestas de estos últimos por su intromisión. A pesar de que era un texto brevísimo en tres artículos, que prácticamente no podía dar lugar a discusiones, el Senado recién dio media sanción al proyecto el 21 de agosto de 1946, y hubo que esperar más de un año para que la Cámara de Diputados sancionara el 9 de septiembre de 1947 la nueva norma legal. Finalmente se aprobó por unanimidad con el voto de 117 diputados presentes. Tanto así, que el 23 de septiembre de 1947 el Poder Ejecutivo Nacional promulga la Ley N° 13.010 que otorgaba el derecho de voto a la mujer argentina.

   

Este hecho permitió a las mujeres ejercer los derechos políticos de elegir y ser elegidas y de este modo otorgar sentido al ejercicio de la ciudadanía. Se iba gestando un nuevo fenómeno, que es su incorporación masiva en el movimiento que gradualmente desembocaría en el peronismo. Este presenta la participación política de la mujer como una extensión de su rol maternal e identifica los derechos políticos de las mismas con el peronismo. En síntesis, el peronismo incorpora a la mujer a la vida política como una manera de ampliar las formas y los espacios de participación dándoles un nuevo sentido a la acción política.

 

La movilización y militancia de estas, sin duda, contrastaba con la tradición anterior. Su condición de género la enfrenta a una doble exigencia, por una parte, debe luchar para ser reconocida en la fuerza política en la que milita y, por otra, trabajar en pos de una transformación de las prácticas de participación y representación impregnadas de la desigual relación de poder entre el hombre y la mujer. Lo cual muestra que, a pesar de esa garantía constitucional, operan mecanismos distorsionadores para ellas en la selección de las candidaturas y en sus posibilidades de ser electas.

    

La ley en cuestión, permitió que el 11 de noviembre de 1951 se realizaran comicios generales y por primera vez pudiesen resultar electas como parlamentarias: 23 diputadas nacionales, 6 senadoras nacionales, y si se cuentan a las legisladoras provinciales, el favor ciudadano ungió  para ocupar escaños a un total de 109 mujeres. Evita votó en el hospital donde estaba internada debido a su estado de salud. La ley del voto femenino significó la presencia de las mujeres en las cámaras y fue el inicio de esta nueva etapa la que les requirió más luchas para efectivizar una ciudadanía plena.

   

Será a partir del estadio peronista cuando las mujeres se conviertan en verdaderos actores sociales y políticos. Sin embargo, no desconocemos la lucha llevada a cabo en nuestro país por las mujeres socialistas y las diferentes organizaciones, desde fines del siglo XIX y durante la primera mitad del siglo XX, lo que permitió concretar la ley del voto femenino a mediados del siglo pasado. Atrás quedarán la participación selectiva y privada de las damas de la élite local.

   

La anhelada igualdad política de hombres y mujeres, se complementó con la igualdad jurídica de los cónyuges y la patria potestad compartida que garantizó el artículo 37 de la Constitución de la Nación de 1949. El texto fue directamente escrito por Eva Perón.

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