Luego
de leer declaraciones del presidente del Concejo Deliberante, ingeniero Carlos
Nazar –publicadas en el Portal “Berisso Ciudad”- en relación al concejal
Nedela; no me asombran porque en política es común ver cómo se denuesta a una
persona cuando no hay argumentos que rebatan lo que esa persona propone o hace.
Y en política es común que se trate de desacreditar a un concejal como en este
caso llamándolo “figureti”.
Lo
que se debe evaluar de los concejales es la forma de trabajar, el conocimiento,
la capacidad, dedicación, respeto por las reglamentaciones por el bien de la
comunidad de Berisso.
Al
mismo tiempo, lo que sí realmente me preocupa es la ignorancia supina que el
Presidente del Concejo Deliberante demostró en más de una oportunidad quedando
en evidencia dicha ignorancia.
Esto
que manifiesto lo he planteado en varias oportunidades en el Concejo
Deliberante solicitando que se evalué si al “Presidente” le corresponde o no
sanción por probable falta de cumplimiento a los deberes de funcionario público
en el desempeño de sus funciones (continúo a la espera de la contestación con
la fundamentación pertinente, de algunos casos, todo fundado en la OG 267 y la
ley 7647/70).
Para
que se entienda de qué hablo, doy ejemplos:
Exp.93/12.-
Sobre información pública sobre fondos municipales: no se brindó información
sobre aquellos que recibieron subsidios.
Exp.
95/12 – Sobre la forma de votación: se dio por aprobado un dictamen sin que
hayan votado todos los concejales. Además de la actitud irónica, soberbia y
desde la ignorancia supina del Presidente del HCD a los concejales, como
exprese en el expediente.
Exp.
91/12.- Sobre la votación realizada: se votó dos veces el mismo expediente en
la misma sesión; uno por unanimidad y en la segunda votación 9 a 7.
Exp.041/11.-
Sobre el procedimiento seguido en un expediente: se presentó dicho expediente
para que se evalué la responsabilidad política del Presidente del Concejo de
acuerdo al Art. 241 y 242 de la Ley Orgánica de las Municipalidades. Debía
realizarse nota al iniciador del mismo comunicando lo resuelto y no se realizó.
Además,
algunas “notas” enviadas al HCD han sido tratadas como notas y no como expedientes como lo
determina el Art. 29 de la Ordenanza General 267 y Ley 7647/70 en sus Art. 29.
Y
como dijo otro concejal: “Lamentablemente hay que empezar a reconstruir
Berisso, refundarlo” Sr. presidente, Pregunto: que responsabilidad le cabe a
ud. luego de más de 7 años en la municipalidad, cuando dicen, debe refundarse.
Aquí me sumo haciendo énfasis en la reconstrucción del HCD de Berisso, para
beneficio del vecino.
José “Lito” Kalis
Concejal (MC)